La Segunda Sala de la SCJN analizó un recurso de revisión interpuesto en contra de la sentencia dictada por un Juzgado de Distrito en la que se determinó conceder el amparo a la parte quejosa a efecto de que la CNDH le permitiera el acceso, de manera íntegra, a un expediente relacionado con el “Caso Tlatlaya”, en el que se le reconoció el carácter de víctima y que previamente se clasificó como una investigación de violaciones graves a los derechos humanos; sin embargo, dicho Juzgador estableció que la quejosa no podría reproducir la información por cualquier medio, con el fin de que ésta no fuera divulgada o puesta a disposición de terceras personas ajenas a la controversia.
Al respecto, la Sala determinó confirmar la concesión del amparo, pero se modificaron los alcances de ésta, a efecto de que la quejosa o sus autorizados puedan acceder íntegramente al expediente y reproducir por cualquier medio la información.
Lo anterior, ya que la información relacionada con violaciones graves a los derechos humanos reviste un interés público de conocer la verdad de los hechos y las investigaciones realizadas al respecto, sobrepasando cualquier criterio relativo a la