No. 068/2019
Ciudad de México, a 17 de mayo de 2019
La Segunda Sala dictó las reglas que deberán aplicar los jueces federales cuando en un juicio de amparo se reclame un bloqueo de cuentas bancarias por orden de la Unidad de Inteligencia Financiera (UIF). La Sala expuso que es posible otorgar la suspensión provisional, pero la medida no surtirá efecto cuando el bloqueo sea a solicitud expresa de una autoridad extranjera competente.
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